Pregunta frecuente
¿Pueden llamarme al trabajo por una deuda?
Respuesta rápida
No. Las empresas de recobro solo pueden contactarte a ti directamente (teléfono personal, email, correo postal). Llamar a tu trabajo o informar a terceros de tu deuda es ilegal.
Tus derechos frente al recobro
Solo pueden contactarte a ti: Tu teléfono personal, tu email, tu dirección postal. No pueden llamar a familiares, amigos, vecinos o tu empresa.
Horarios: No pueden llamarte antes de las 9:00 ni después de las 21:00, ni en festivos.
Tono: No pueden amenazar, insultar, gritar ni presionarte de forma agresiva. Deben identificarse y comunicar el motivo de la llamada.
Privacidad: No pueden revelar tu situación de deuda a terceros. Informar a tu jefe de que tienes una deuda vulnera la Ley de Protección de Datos (RGPD).
Qué hacer si te llaman al trabajo
1. Documenta la llamada: Fecha, hora, nombre de la empresa, qué dijeron y a quién.
2. Reclama: Presenta queja ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por vulneración del RGPD.
3. Avisa a la empresa de recobro: Comunica por escrito que cualquier contacto debe ser exclusivamente contigo y a tu teléfono personal.
Las sanciones por vulnerar la protección de datos pueden ser de miles de euros. Las empresas de recobro lo saben y no suelen arriesgarse.
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