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🆘 Situaciones

Pregunta frecuente

¿Qué hago si una empresa de recobro me acosa con llamadas?

Respuesta rápida

Tienes derechos: no pueden llamar fuera de horario (9-21h), no pueden amenazar ni insultar, no pueden contactar a terceros. Si lo hacen, denuncia ante la AEPD y la policía.

Fernando Hierro
Por Fernando Hierro Actualizado marzo 2026

Lo que NO pueden hacer

Llamar antes de las 9:00 o después de las 21:00.

Llamar en festivos o fines de semana (depende de la interpretación, pero muchos tribunales lo consideran acoso).

Llamar más de 2-3 veces al día. Llamadas repetitivas son acoso.

Amenazar con cárcel, embargo inmediato o consecuencias ficticias.

Contactar a familiares, vecinos o tu empresa.

Publicar o revelar tu deuda a terceros.

Cómo actuar

1. Documenta todo: Anota fecha, hora, número, nombre del agente y qué dijeron. Graba las llamadas si tu comunidad autónoma lo permite (con una parte informada basta).

2. Envía un escrito: Comunica a la empresa de recobro que solo aceptas comunicación por escrito (email o carta). Deben respetar tu petición.

3. Denuncia ante la AEPD: Si revelan tu deuda a terceros o te contactan en horarios inadecuados, es vulneración del RGPD. Multas de miles de euros.

4. Denuncia policial: Si hay amenazas o coacciones, es delito penal.

Recuerda: tener una deuda no te quita derechos. La empresa de recobro tiene derecho a cobrarte, pero no a acosarte.

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