Pregunta frecuente
¿Qué hago si una empresa de recobro me acosa con llamadas?
Respuesta rápida
Tienes derechos: no pueden llamar fuera de horario (9-21h), no pueden amenazar ni insultar, no pueden contactar a terceros. Si lo hacen, denuncia ante la AEPD y la policía.
Lo que NO pueden hacer
Llamar antes de las 9:00 o después de las 21:00.
Llamar en festivos o fines de semana (depende de la interpretación, pero muchos tribunales lo consideran acoso).
Llamar más de 2-3 veces al día. Llamadas repetitivas son acoso.
Amenazar con cárcel, embargo inmediato o consecuencias ficticias.
Contactar a familiares, vecinos o tu empresa.
Publicar o revelar tu deuda a terceros.
Cómo actuar
1. Documenta todo: Anota fecha, hora, número, nombre del agente y qué dijeron. Graba las llamadas si tu comunidad autónoma lo permite (con una parte informada basta).
2. Envía un escrito: Comunica a la empresa de recobro que solo aceptas comunicación por escrito (email o carta). Deben respetar tu petición.
3. Denuncia ante la AEPD: Si revelan tu deuda a terceros o te contactan en horarios inadecuados, es vulneración del RGPD. Multas de miles de euros.
4. Denuncia policial: Si hay amenazas o coacciones, es delito penal.
Recuerda: tener una deuda no te quita derechos. La empresa de recobro tiene derecho a cobrarte, pero no a acosarte.
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